La Conselleria d’Habitatge, Territori i Mobilitat ha convocado las ayudas al alquiler 2023.
El 15 de noviembre de 2023 se abre el plazo para solicitar las ayudas al alquiler. Y finaliza el 15 de diciembre de 2023.
La ayuda al alquiler consiste en un reembolso del 50% del importe mensual del alquiler, destinado a cubrir el pago de las mensualidades que vencen a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023. La ayuda máxima que se puede recibir es de 3.000€.
Requisitos para poder ser beneficiario de la ayuda
Si quieres acceder a esta ayuda tienes que cumplir los siguientes requisitos:
– Tener la nacionalidad española o la autorización de estancia o residencia en España
– Ser titular de un contrato de alquiler
– La renta máxima del alquiler tiene que ser como máximo de 900€ en el mes
– El alquiler tiene que ser la vivienda principal y permanente de la persona arrendataria durante todo el periodo para el cual se otorga la ayuda
– Tus ingresos anuales no pueden superar los 24.318€ (se tendrá en cuenta a todas las personas que residan a la vivienda para calcular el límite de ingresos). Hay excepciones por familias numerosas o personas con discapacitado
Documentación necesaria
En el momento de hacer la solicitud tienes que disponer de la siguiente documentación, que tendrás que adjuntar:
– Documentos de identidad de la persona solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia
– Contrato de alquiler completo, en vigor y firmado por las partes
– Certificado del registro de la propiedad, que confirme que no eres el propietario de la vivienda
– Certificado de empadronamiento en la vivienda por la que pides la ayuda
– Comprobantes del pago de las cuotas mensuales
– Título de familia numerosa o declaración del grado de discapacidad reconocido, si procede
– Declaraciones responsables (modelo facilitado a la convocatoria)
No olvides que estas ayudas se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, lo que significa que las solicitudes se tramitarán y resolverán por orden de presentación y hasta que se agote el crédito disponible.
Recuerda que el método de presentación es preferentemente telemático por lo cual tendrás que disponer de DNI electrónico, certificado digital o Cl@vePin.
Puedes encontrar toda la información detallada aquí.